Doctora
MARÍA
VIRGINIA
TORRES DE
CRISTANCHO
Directora de
Gestión de
Recursos y
Administración
Económica
Dirección de
Impuestos y
Aduanas
Nacionales
Ref.:
Solicitud
radicado
número 01092
de
19/07/2011
Cordial
saludo
Dra. María
Virginia.
De
conformidad
con lo
dispuesto en
el artículo
19 del
Decreto 4048
de 2008 y la
Orden
Administrativa
000006 de
2009, este
despacho
está
facultado
para
absolver en
forma
general las
consultas
escritas que
se formulen
sobre la
interpretación
y aplicación
de las
normas
tributarias
de carácter
nacional,
aduaneras y
cambiarias,
en lo de
competencia
de la
Dirección de
Impuestos y
Aduanas
Nacionales.
Se consulta
si las
Resoluciones
014096 del
30 de
diciembre de
2010 y 0322
del 17 de
enero de
2011 que
prescriben
los
formularios
para la
presentación
de
declaraciones
del impuesto
sobre las
ventas y
retención en
la fuente
para el año
2011
respectivamente,
dejan
vigentes los
formularios
para
declarar 300
y 350,
prescritos
para años
anteriores.
Al respecto,
el artículo
578 del
Estatuto
Tributario
dispone que
"La
declaración
tributaria
se
presentará
en los
formatos que
prescriba la
Dirección de
Impuestos y
Aduanas
Nacionales
(…)”.
Sobre la
prescripción
anual de los
formularios
y su
utilización,
el Concepto
35333 del 17
de junio de
2002 señaló:
"Anualmente,
por medio de
Resoluciones,
la Dirección
General
señala los
formularios
con las
especificaciones
del caso,
para cada
una de las
declaraciones,
y con
indicación
de los datos
a
diligenciar.
Estos
requerimientos
legales son
indispensables,
para el
contribuyente,
responsable,
agente
retenedor o
declarante
pueda
cumplir
apropiadamente
consignando
los factores
necesarios
para
determinar
sus
obligaciones
tributarias
sustantivas,
y para que
la
Administración
Tributaria,
pueda
ejercer los
controles
asignados
por la
propia ley
según la
naturaleza
de cada
impuesto".
La
Resolución
014096 del
30 de
diciembre de
2010, señaló
de manera
expresa el
año para el
cual se
prescribe el
Formulario
Modelo No.
300:
"Artículo
3o.
Prescribir
para la
presentación
de la
"declaración
bimestral
del impuesto
sobre las
ventas
(IVA)"
correspondiente
al año 2011,
el
Formulario
Modelo
número 300,
diseño que
hace parte
de la
presente
resolución.
El número
preimpreso
inicia con
2011 y su
valor de
venta al
público es
de tres mil
quinientos
pesos moneda
legal
colombiana
($3.500.00).
Este
formulario
será de uso
obligatorio
para los
responsables
del impuesto
sobre las
ventas
(IVA),
pertenecientes
al régimen
común".
De igual
manera, la
Resolución
0322 del 17
de enero de
2011,
prescribió
el
formulario
modelo No.
350: "
Artículo 2o.
Prescribir
para la
presentación
de la
"Declaración
Mensual de
Retenciones
en la
Fuente"
correspondiente
al año 2011,
el
Formulario
Modelo
número 350,
diseño que
hace parte
de la
presente
resolución.
El número
preimpreso
inicia con
2011 y su
valor de
venta al
público es
de tres mil
quinientos
pesos
($3.500.00)
moneda legal
colombiana.
El
formulario,
"Declaración
Mensual de
Retenciones
en la
Fuente" será
de uso
obligatorio
para los
Grandes
Contribuyentes,
otras
sociedades,
entidades y
personas
naturales
que por
expresa
disposición
legal han
sido
definidos
como agentes
de
retención,
por concepto
de los
impuestos
sobre la
Renta y
complementarios,
Ventas y
Timbre
Nacional".
De lo arriba
transcrito,
se desprende
que
la
prescripción
de los
formularios
hace
referencia
al año
gravable
para el cual
se adoptan,
y son de
obligatorio
uso para el
respectivo
periodo.
Si el
contribuyente
y/o
declarante
necesita
cumplir
extemporáneamente
su
obligación
de declarar
o realizar
una
corrección
respecto de
un periodo
gravable ya
transcurrido,
deberá
utilizar los
formularios
prescritos
para ese
periodo
gravable
independientemente
del año
corriente en
el cual se
presente la
declaración,
es decir que
éstos no
pierden su
vigencia por
el
transcurso
del tiempo o
por que se
expida la
Resolución
que
prescribe
los
formularios
para años
posteriores.
Esto, sin
perjuicio de
los casos en
que por
inexistencia
de dichos
formularios
anteriores,
se autorice
la
presentación
en uno del
año
corriente.
Atentamente,
(Fdo.)
ISABEL
CRISTINA
GARCÉS
SÁNCHEZ
Directora de
Gestión
Jurídica
(E).