MANEJO EN LA
DECLARACIÓN DE RENTA DE LA TENENCIA Y VENTA DE ACCIONES
La emisión de acciones de Ecopetrol, proceso en el que participaron
miles de colombianos, ha generado dudas con respecto al
manejo que se le deben dar en la Declaración de Renta a las acciones de
empresas. La tenencia de acciones frente a la Declaración de Renta puede
implicar dos situaciones: que las acciones no se hayan vendido o que las
acciones hayan sido vendidas. Examinaremos a continuación los aspectos
generales de estas dos situaciones:
ACCIONES QUE NO SE HAN VENDIDO
Las acciones no vendidas hacen parte del patrimonio del
contribuyente y se declaran en la sección de patrimonio de la
Declaración de Renta. El valor por el cual se declaran es su costo de
adquisición más los ajustes permitidos por las normas. Las acciones no se deben
declarar por el valor en Bolsa a diciembre 31 o por el valor
intrínseco certificado por la empresa emisora.
El costo de las acciones se puede ajustar anualmente en un porcentaje
establecido por el Gobierno o utilizando la tabla actualizada del artículo 73
del Estatuto Tributario.
ACCIONES VENDIDAS
La venta de acciones que hayan estado por dos o más años en poder
del vendedor genera ganancia ocasional sujeta a impuesto sobre el valor de la utilidad en la venta. La utilidad en la
venta es la diferencia entre el precio de venta y el costo de
adquisición más los ajustes permitidos por las normas. Si las acciones
están inscritas en la Bolsa de Valores, pertenecen a un mismo titular, y
no representan más del 10% de las acciones en circulación, la utilidad
en la venta se considera ingreso no constitutivo de renta, es decir, no
se genera impuesto.
Las acciones que hayan estado en poder del vendedor por menos de dos
años tienen un tratamiento similar pero no se incluyen en los renglones
de ganancia ocasional de la Declaración de Renta. En este caso lo
recibido por la venta se agrega a los ingresos normales y el costo de
adquisición de las acciones se incluye en la parte de costos y
deducciones. La utilidad obtenida en la venta se manejaría como ingreso no constitutivo de
renta si las acciones están inscritas en la Bolsa de Valores, pertenecen
a un mismo titular, y no representan más del 10% de las acciones en
circulación.
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